Tras días de especulación sobre posibles restricciones para los vehículos híbridos en la capital, el panorama jurídico y administrativo se aclara. El beneficio de circulación se mantiene, respaldado por el Plan de Desarrollo Distrital.
La incertidumbre que rodeaba a los propietarios de vehículos híbridos en Bogotá -especialmente a quienes poseen tecnologías de hibridación ligera (Mild Hybrid) y completa (HEV)- ha encontrado una respuesta oficial.
Pese a las discusiones técnicas sobre el impacto de estos vehículos en la congestión urbana, la administración de Carlos Fernando Galán ha confirmado que las reglas de juego se mantienen estables.
El respaldo jurídico: Plan de Desarrollo 2024-2027
La razón principal por la cual los vehículos híbridos conservan su exención de Pico y Placa radica en la seguridad jurídica. El beneficio fue ratificado en el Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá Camina Segura", aprobado por el Concejo de la ciudad.
Como el mismo alcalde Galán ha aclarado recientemente, esta disposición tiene una vigencia que se extiende hasta el final del periodo actual de gobierno. Cualquier modificación sustancial a este beneficio requeriría un nuevo trámite ante el Concejo de Bogotá, un escenario que no forma parte de la agenda inmediata de la Secretaría de Movilidad.
El análisis técnico: ¿Existen los "híbridos de mentira"?
Aunque el beneficio se mantiene, el debate técnico no ha desaparecido. La administración distrital ha puesto sobre la mesa una observación que comparten expertos en movilidad: la diferencia en el aporte ambiental según la tecnología.
• Híbridos Enchufables (PHEV): Tienen una autonomía eléctrica real y una reducción drástica de emisiones en ciudad.
• Híbridos Ligeros (MHEV): Utilizan el sistema eléctrico como apoyo para funciones menores, pero su motor de combustión funciona de manera casi permanente.
Si bien el Alcalde ha reconocido que algunos modelos catalogados como híbridos no ofrecen una ventaja ambiental significativa frente a los vehículos modernos de combustión, también ha enfatizado que la reclasificación de estas categorías es una competencia que recae principalmente en el Gobierno Nacional y el Ministerio de Transporte, y no exclusivamente en el Distrito.
Reglas vigentes para 2026
Para los propietarios y potenciales compradores, el escenario actual es el siguiente:
• Exención de Pico y Placa: Los vehículos híbridos (MHEV, HEV y PHEV) inscritos debidamente ante la Secretaría de Movilidad pueden circular sin restricción de lunes a viernes.
• Trámite de registro: Es fundamental recordar que la exención no es automática por el solo hecho de tener la tecnología; el vehículo debe estar registrado en la plataforma oficial de la Secretaría de Movilidad.
• Vehículos matriculados fuera de Bogotá: Se mantiene el seguimiento a los vehículos que circulan en la ciudad pero tributan en otros municipios, aunque esto no afecta de manera directa la exención por tecnología híbrida.
Conclusión
La decisión de mantener el beneficio protege la confianza de los consumidores que invirtieron en tecnologías de transición energética. No obstante, el mensaje de la administración invita a una reflexión a largo plazo sobre la sostenibilidad del parque automotor. Por ahora, la estabilidad normativa está garantizada, permitiendo que los híbridos sigan siendo una alternativa competitiva para la movilidad en Bogotá.