El alcalde de Bogotá, Carlos Fernando Galán, ha anunciado una modificación puntual en el esquema de restricción vehicular para la temporada de fin de año.
La medida habitual para vehículos particulares será suspendida únicamente en dos días hábiles específicos: el viernes 26 de diciembre de 2025 y el viernes 2 de enero de 2026.
La decisión, presentada como un apoyo a la movilidad de los ciudadanos que se desplazan durante los festejos de Navidad y Año Nuevo, permite la circulación libre de todos los vehículos en el horario habitual de restricción (6:00 a. m. a 9:00 p. m.) en estas dos fechas.
Sin embargo, la limitada flexibilización ha generado debate sobre su impacto real en una ciudad que experimenta un éxodo masivo de vehículos y un incremento en los viajes internos durante las fiestas.
"
La medida es bienvenida, pero no es para celebrar", señaló un analista de movilidad. "
Suspender solo dos días, que además son puentes donde el flujo de vehículos dentro de la ciudad ya es menor al promedio, ofrece un alivio marginal. Los ciudadanos esperaban quizás una suspensión temporal de la medida en toda la semana de Navidad, dada la disminución de la actividad comercial y laboral".
Pico y placa regional mantiene su régimen
Mientras el pico y placa de la ciudad se aligera de manera muy leve, la administración distrital fue clara en su postura: el pico y placa regional para el ingreso a Bogotá en los principales corredores viales se mantendrá sin alteraciones.
Esto implica que los viajeros que retornen a la capital durante los lunes festivos (como el 8 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2026) deberán acogerse a la restricción por horas y por placa.
Esquema regional vigente
• 12:00 m. a 4:00 p. m.: Solo vehículos con placa terminada en par (0, 2, 4, 6 y 8) pueden ingresar.
• 4:00 p. m. a 8:00 p. m.: Solo vehículos con placa terminada en impar (1, 3, 5, 7 y 9) pueden ingresar.
La rigidez del pico y placa regional busca prevenir el colapso vial en los accesos a la ciudad, dada la alta concentración de retornos ya se en los fines de semana con puente festivo.
Lo que debe saber el conductor, en conclusión
• Días liberados: Viernes 26 de diciembre y viernes 2 de enero. En estos días, no aplicará la rotación de placas par/impar.
• Restricción normal: El pico y placa regular (lunes a jueves) seguirá operando sin excepción en el resto de la temporada, aplicando la rotación por días según el calendario.
• Retorno obligatorio: Si viaja durante un puente festivo, debe planificar su hora de entrada a la capital para evitar multas.