Día sin carro y sin moto en Bogotá 2026: esta sería la multa por incumplir la medida
Bogotá volverá a vivir una jornada dedicada a la movilidad sostenible. El jueves 5 de febrero, la capital llevará a cabo la edición 28 del Día sin Carro y sin Moto, una iniciativa que busca reducir las emisiones contaminantes y promover medios de transporte alternativos. La medida estará vigente desde las 5:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche.
Durante este día, la Secretaría Distrital de Movilidad reforzará los controles en distintos puntos de la ciudad para garantizar el cumplimiento de la restricción. Las autoridades recuerdan que circular sin autorización constituye una infracción, sancionada con una multa de 633.000 pesos y la inmovilización del vehículo.
Vehículos que tendrán restricción
A lo largo de la jornada NO podrán movilizarse:
• Automóviles y motocicletas particulares.
• Vehículos con permiso de Pico y Placa Solidario.
• Carros particulares de medios de comunicación con placa amarilla.
• Automóviles y motos de academias de conducción.
• Vehículos híbridos o a gas.
• Taxis y transporte especial con placa terminada en 7 y 8.
• Transporte de carga, bajo las restricciones habituales establecidas en el Decreto Único del Sector Movilidad 652 de 2025.
En el caso del Pico y Placa Solidario, el día restringido será repuesto al finalizar el periodo contratado.
Excepciones: quiénes SÍ pueden circular
La medida contempla varias excepciones, entre ellas:
• Transporte público.
• Motocicletas utilizadas para mensajería y domicilios, vinculadas a empresas o plataformas.
• Vehículos destinados al transporte de personas con discapacidad.
• Servicios de emergencia y transporte escolar.
• Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros.
• Servicios públicos domiciliarios y control de tráfico.
• Caravana presidencial.
• Vehículos de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, organismos de seguridad del Estado y CTI.
• Vehículos diplomáticos y consulares.
• Motocicletas de seguridad privada.
• Automotores asignados por la Unidad Nacional de Protección.
• Vehículos eléctricos o de cero emisiones, incluidas motocicletas.
• Carrozas fúnebres.
• Vehículos para operación y mantenimiento del SITP.
• Control de emisiones y vertimientos.
• Transporte de valores.