El aumento de tarifas del SOAT será porcentualmente menor en 2020 - AUTOS F1LATAM
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El aumento de tarifas del SOAT será porcentualmente menor en 2020
diciembre 28 /2019     Bogotá, Colombia 17:33 GMT
Foto: AUTOS F1LATAM
Por: Henry Barreto - Redactor Autos F1Latam
Así lo informó la Superintendencia Financiera de Colombia e indicó que, debido a una reducción en el número de accidentes de tránsito con cargo al SOAT, la tarifa máxima de dicho seguro para el año que entra, expresada en salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), se reduce para todas las categorías (36 en total) del parque automotor en 4,89% aplicable a partir del próximo primero de enero, proporción que corresponde a la suficiencia arrojada para el 2020 a partir del análisis de la frecuencia y severidad de la siniestralidad de los vehículos automotores que circulan por el territorio nacional con SOAT.

Esta revisión se hizo con base en la información que las compañías aseguradoras reportan periódicamente a la SFC, la cual fue validada y contrastada con los diferentes sistemas de reporte de acuerdo con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Para el análisis correspondiente a 2019 se tuvieron en cuenta 7.817.423 de pólizas expuestas equivalentes a $1.98 billones en primas devengadas y 696.268 siniestros cuyo valor ascendió a $1.54 billones, arrojando una suficiencia de 4,89%.

Por ejemplo y de acuerdo con los resultados obtenidos por el equipo técnico de la Superfinanciera, los propietarios de un vehículo familiar nuevo de entre 1.500 y 2.500 cm3 tendrán que pagar una tarifa del SOAT de 8.85 SMDLV para 2020, 4,89% menos frente a la tarifa vigente para 2019 que es de 9.31 SMDLV. Cabe resaltar que el valor en pesos que los propietarios de automotores pagarán depende ya del ajuste del salario mínimo mensual para el 2020.

Con respecto a las coberturas y a las cuantías definidas por la Ley para este seguro obligatorio, el ente hizo especial énfasis en que no serán modificadas y seguirán como a continuación se relaciona:

• Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios: hasta 800 SMDLV.

• Incapacidad Permanente: hasta 180 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes

• Muerte y Gastos Funerarios: 750 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes

• Gastos de transporte y movilización de los lesionados: 10 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes.

(Los amparos son para cada lesionado sin importar su número, con excepción de lo previsto para gastos de transporte que se reconocerá en atención a la capacidad del medio de transporte para movilizar en las debidas condiciones a los lesionados).

Consulte la tabla tarifaria para el 2020

Puede acceder a la lista de tarifas en pesos a través de la página web www.superfinanciera.gov.co siguiendo esta ruta: industrias supervisadas > industria aseguradora > documentos SOAT > Tabla Nuevas Tarifas Comerciales año 2020.

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